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Nuevo régimen penal juvenil: cuál será la condena máxima para adolescentes

El Gobierno promulgó la ley aprobada durante las sesiones extraordinarias del Congreso, que baja la edad de imputabilidad a 14 años, aunque combina sanciones judiciales con medidas educativas y de reinserción social.

El Gobierno promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad a 14 años, aunque combina sanciones judiciales con medidas educativas y de reinserción social. Uno de los puntos clave, junto al amplio abanico de sanciones alternativas no privativas de la libertad, establece la prisión como medida excepcional y fija un límite máximo de condena de encierro.

En su artículo 19, la Ley 27.801 establece que «queda prohibida la imposición de las penas privativas de la libertad de reclusión perpetua y de prisión perpetua».

«El plazo máximo de las penas privativas de la libertad respecto de personas adolescentes será de quince años. La regla es aplicable aun si la escala penal fuera más elevada, producto de la concurrencia real de varios hechos independientes», añade.

Por otro lado, cuando el adolescente condenado cumpla dos tercios de la pena impuesta en detención y «se dieran las circunstancias previstas en el Código Penal para otorgar la libertad condicional», el tribunal podrá disponer que «el resto de la pena sea cumplida mediante las restantes penas establecidas en esta ley, de modo conjunto o alternativo».

Estas penas privativas comprenden tres opciones: en domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención, decisión que deberá ser tomada por el tribunal o juez.

De todos modos, la letra fría expresa que «se deberán imponer al adolescente, conjuntamente, medidas específicas tendientes a desarrollar su educación, el trabajo y la conciencia de la gravedad del hecho cometido, con vistas a lograr su resocialización y desarrollo de su vida

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