Locales

Vergonzosa reunión con concejales: «No tienen intenciones de aprobar el observatorio en adicciones para Mercedes»

Adolfo Acosta, quien lleva adelante una lucha de 11 años en Mercedes contra las adicciones y consumos problemáticos tuvo una reunión con concejales del oficialismo y la oposición para intentar impulsar un proyecto de ordenanza que duerme hace más de un año.

 

Acosta se mostró frustrado por las prioridades que tienen los representantes de la ciudad de Mercedes. Fue duro con los concejales y aseguró que «el tema de adicciones y la lucha contra las drogas no les importa».

 

EL PROYECTO DE ORDENANZA

Bloques UCR- PL- ELI- PRESIDENCIA

 

PROYECTO DE ORDENANZA

Creación del OBSERVATORIO MUNICIPAL EN ADICCIONES Y CONSUMOS PROBLEMÁTICOS

 

VISTO:

Ley Nacional N° 26586 “Programa Nacional de Educación y Prevención sobre las Adicciones y el Consumo Indebido de Drogas”, Ley Nacional N° 26934 “Plan Integral para el abordaje de los Consumos Problemáticos” Decreto 1339/1996 “Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico”, Decreto 1249/2016 “Emergencia nacional en materia de Adicciones” y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que cuando la salud física o psíquica de una persona, y sus relaciones sociales, comienzan a verse afectadas constante y negativamente por algún tipo de consumo, podemos decir que nos encontramos ante una problemática de consumo. Por ende, no sólo nos estamos refiriendo a sustancias químicas prohibidas, sino a un amplio abanico de problemáticas de consumo integrado por elementos y prácticas más o menos aceptadas, como alcohol, tabaco, medicamentos, e incluso a otras situaciones que generan menos atención, como conductas compulsivas y desórdenes en relación a la alimentación, el juego, las nuevas tecnologías, las compras, el sexo, etc

Que este flagelo constituye una realidad y afecta a individuos de todas las edades incidiendo en forma negativa tanto a nivel familiar, laboral y social.

Que dada la trascendencia del problema que se observa a diario, se debe prestar especial atención en la prevención, asumiendo que esta problemática conlleva efectos, impactos y consecuencias negativas, siendo nuestro deber disponer de los medios necesarios para contar con un instrumento de gestión que posibilitaría identificar e impulsar procesos sobre el uso y abuso de drogas y sobre las adicciones.

Que resulta fundamental, para diseñar políticas públicas a corto, mediano y largo plazo, de un espacio participativo como instrumento  para la organización sistemática y ordenada de datos relacionados con la recopilación, análisis e interpretación de toda la información veraz, actualizada y disponible sobre la temática de adicciones y consumos problemáticos, a fin de orientar  la toma de  decisiones.

Que en la ciudad de Mercedes no cuenta con un organismo que se ocupe de recolectar datos sobre los patrones y tipos de consumos problemáticos, los contextos de vulnerabilidad social en los que se desarrolla el consumo, los principales conjuntos sociales afectados y las consecuencias del consumo de esas sustancias sobre la salud y en la comunidad.

Que, la creación de un Observatorio Municipal de Drogas sería el instrumento esencial para la formulación de políticas públicas acorde a la problemática experimentada a nivel local, siendo su objetivo crear los datos necesarios para conocer la magnitud del consumo de sustancias y elaborar un plan estratégico de abordaje en el marco de la política municipal a través de la obtención y seguimiento de datos a escala local, el análisis e interpretación de la información recolectada y la elaboración de informe y divulgación de sus resultados.

 

Que, si bien a nivel nacional, provincial y regional existen espacios de investigación sobre el consumo de sustancias psicoactivas y el abuso del alcohol vinculados a las adicciones, los datos aportados no siempre reflejan  las particularidades locales, su comprensión a nivel municipal aportaría datos fidedignos sobre la real situación a la que nos enfrentamos y de allí adoptar metodologías para la formulación de estrategias tendientes a la detección temprana, evaluación de planes de prevención etc.

Que, es facultad del Concejo Deliberante atender la problemática del ciudadano y brindar los medios necesarios para su protección mediante la formulación d herramientas legislativos que persigan la preservación de la salud individual y las implicancias sociales que la misma trae aparejadas

 

Por todo ello,

LA MUNICIPALIDA DE MERCEDES

ORDENA

 

 

ARTICULO 1°: Crear en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes el OBSERVATORIO MUNICIPAL EN ADICCIONES Y CONSUMOS PROBLEMATICOS.-

ARTICULO 2°: El Observatorio Municipal en adicciones y consumos problemáticos será una herramienta a través de la cual se desarrollarán e implementarán herramientas de planeamiento, análisis, diagnóstico, evaluación, seguimiento local de la temática, monitoreo, articulador de sistemas de documentación y producción de datos, dirigido a orientar y apoyar la toma de decisiones, acciones y políticas públicas con miras a prevenir y mitigar la problemática del consumo y sus implicancias asociadas en el territorio de la ciudad de Mercedes.-

ARTICULO 3°: EL Observatorio tendrá las siguientes funciones:

  1. a) Recopilar y evaluar la problemática de las adicciones y consumos problemáticos en la ciudad de Mercedes.-
  2. b) Generar, recolectar, organizar, analizar y comparar información basada en evidencia firme para un diagnóstico temprano y actualizado en la temática de las adicciones y consumo problemático de sustancias.-
  3. c) Efectuar el análisis e interpretación de los datos obtenidos y elaborar informes para la difusión de los resultados.-
  4. d) Elaborar, a través de instrumentos y procesos técnicos de investigación (foros, encuestas, grupos focales y, reportes internos, entre otros.), información estadística cuantitativa y cualitativa a partir de indicadores y variables sobre el comportamiento de esta problemática en la comunidad, identificando aquellos factores sociales, culturales, económicos y políticos que de alguna manera estén asociados o puedan constituir causal del consumo.
  5. e) Realizar encuestas de población en general y estudios cualitativos a ciudadanos, adolescentes y adultos sobre los patrones en el padecimiento de adicciones y consumos problemáticos en poblaciones diferenciales, para establecer sistemas de alertas tempranas que indiquen nuevas tendencias en el consumo de los mismos.-

 

  1. f) Articular sistemas de documentación, comprensión, análisis y seguimiento acerca de la problemática del consumo y uso de sustancias psicoactivas y demás conductas que de ella se desprendan.-
  2. g) Producir informes técnicos que orienten y apoyen la toma de decisiones sobre políticas públicas en dichas materiales en busca de soluciones a esta problemática.-
  3. h) Colaborar en la implementación de planes de políticas públicas cuyo objetivo sea la prevención y/o mitigación en la comunidad de las adicciones y consumos problemáticos.-
  4. h) Brindar capacitación, asesoramiento y apoyo técnico a organismos públicos y privados.-

ARTICULO 4°: El Observatorio estará cargo del Director de la Salud de la Municipalidad de Mercedes, como instrumento de gestión será de carácter interdisciplinario e intersectorial, dependiendo organizativamente de la Secretaria de Salud y Acción Social. ARTICULO 5°: El observatorio estará conformado por una Mesa Coordinadora integrada a titulo enunciativo, por las siguientes instituciones quienes se desempeñarán en forma «ad-honorem» :

  1. Un representante de la Casa de Día “San Luis Gonzaga”;
  2. Un representante de cada una de las fuerzas de seguridad en la ciudad;
  3. Un de la Cruz Roja Mercedes;
  4. Un representante de la Dirección de Protección de la Niñez y Adolescencia de la provincia;
  5. Un representante de cada uno de los cultos existentes en la ciudad;
  6. Un representante del Poder Judicial de la Provincia;
  7. Un representante de la Dirección de Servicios Educativos de Prevención y Apoyo DISEPA
  8. Dos representantes del Concejo Deliberante de Mercedes;
  9. Un representante del Colegio de Trabajadores Sociales;
  10. Un representante del Círculo de Profesores de Educación Física;

ARTICULO 6°: La Secretaria de Salud y Acción Social será responsable en todos los asuntos atinentes al funcionamiento, operatividad, y cumplimiento de las funciones determinadas en el artículo 3° de la presente Ordenanza, de acuerdo con sus atribuciones y competencias.-

ARTICULO 7°: EL Observatorio, deberá rendir un informe sobre el cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 3° de la presente Ordenanza de manera semestral (Seis Meses) al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante para su correspondiente análisis y evaluación y como insumo para la adopción de políticas públicas en estas materias.-

ARTICULO 8°: DE FORMA

 

 

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