AFIP agregó un nuevo requisito para la facturación: a partir de cuándo
El organismo tributario dio un paso adelante para la venta o prestación de servicios ¿De qué se trata la nueva normativa?

Luego de la aprobación del Paquete Fiscal en el mes de junio y la aplicación en este mes corriente, la administración general de ingresos públicos (AFIP) con aval del Gobierno nacional reglamentó un nuevo requisito que debe estar presente en la facturación de cualquier venta.
El Ejecutivo por su parte decidió que se integre en el ítem de la presentación para que se pueda diferenciar en la misma factura cuales son las líneas que recaen sobre la operaciones que se realicé.
Para organizar a quienes están atentos, la medida empezará a regir a partir del 1 de enero del año próximo. Se debe incorporar en la factura que se emita el impuesto adicional que se presenta en la operación.
De esta manera, los comerciantes, pequeños o grandes, no sólo estarán obligados a indicar en su publicación de los precios el importe final que tendrá que pagar cualquier consumidor que venga al negocio, a su vez, el precio neto sin el IVA y otros impuestos que están presentes pero no se mencionan cuando se emite la factura en el día de hoy.
De acuerdo a la oficialización, tendrá que aparecer un lema que diga “Precios sin impuestos” junto con el monto que se debe abonar correctamente, si se le descuenta todas las cargas impositivas nacionales que acrecientan la operación.



